El día 4 de julio el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo del MTSS (en adelante CONASSAT), emitió Resolución por medio de la cual exhorta a los empleadores -públicos y privados- a que provisionen de un litro de agua embotellada, por cada jornada laboral presencial, a los trabajadores que presenten determinadas condiciones de salud o utilicen ciertos medicamentos.
A los efectos de determinar los grupos sociales a quienes se les es recomendable otorgar agua embotellada, la referida Resolución se remite a los numerales segundo y tercero del Comunicado de fecha 9/5/2023 emitido por el Ministerio de Salud Pública.
El Comunicado difundido por el M.S.P. había definido cuáles eran los grupos de riesgo y, por ende, había emitido determinadas recomendaciones sobre el consumo de agua potable proveniente de OSE para los referidos colectivos.
Respecto a los grupos de riesgo, el M.S.P. dispuso que eran los siguientes: i) Población que utiliza medicamentos antihipertensivos y diuréticos y ii) Población con alguna de las siguientes condiciones: enfermedad renal crónica, insuficiencia cardíaca, cirrosis, embarazadas.
En consecuencia, la exhortación de la Conassat se dirige a los empleadores que hayan contratado trabajadores que se ubiquen en los grupos de riesgo i) y ii), por lo tanto, por medio de la misma se recomienda a los empleadores a otorgar a estos trabajadores un litro de agua embotellada por cada jornada presencial.
La exhortación aplica a los empleadores y trabajadores que se ubiquen en el departamento Montevideo, Canelones y zona metropolitana.
Quedamos a disposición para cualquier consulta o aclaración.
Montevideo, julio de 2023