En la mañana del 29 de junio pasado se reunió el Consejo Superior Tripartito a efectos de que el Gobierno le presentara los lineamientos salariales para el desarrollo de la décima ronda salarial.
El referido Consejo es el órgano de coordinación y gobernanza de las relaciones laborales y el cual se integra por seis delegados del Poder Ejecutivo, seis delegados de las organizaciones más representativas de empleadores y seis delegados de las organizaciones más representativas de trabajadores.
1. Definición de lineamientos o pautas
Los lineamientos o pautas constituyen líneas directrices pronunciadas por el Estado acerca de cuál debería ser el objetivo que debería alcanzar la negociación colectiva llevada entre los actores sociales, teniendo presente el contexto y las particularidades coyunturales de la época en la que transitará la negociación y buscando objetivos determinados que, generalmente se centran en la recuperación real del salario, en mantener el nivel de empleo, en crear nuevos puestos de trabajo o en atender prioritariamente a los salarios más sumergidos.
Sin perjuicio de estas recomendaciones pautadas por el Gobierno, los que definen y concretan la negociación son los propios actores sociales, y en caso de que estos no lleguen a un acuerdo; el Poder Ejecutivo deberá aprobar los ajustes salariales, siendo esperable que lo haga siguiendo los lineamientos previamente establecidos.
2. Contexto actual
En la Ronda salarial pasada, la prioridad del Estado estuvo centrada básicamente en la creación de puestos de trabajo y en el comienzo de la recuperación salarial, objetivos estos que fueron afectados por la pandemia.
En esta nueva Ronda, si bien el objetivo también estaría centrado en continuar con la recuperación de puestos de trabajo -pero a un ritmo más lento por el contexto en el que el país se encuentra- existe un firme propósito del Gobierno en continuar con la recuperación total del salario real, de acuerdo con lo pactado.
En el transcurso de los años 2021 y 2022 se logró una importante recuperación en puestos de trabajo -aproximadamente 90 mil empleos-, y se caracterizó por ser un crecimiento heterogénea a nivel sectorial, a pesar de que en algunos sectores no se ha recuperado el nivel de empleo prepandemia mientras que en otros sectores se ha superado el nivel de empleo del 2019.
Asimismo, tal como adelantáramos precedentemente, en el año 2023 si bien se espera que el empleo continúe creciendo, lo cual se hará a un menor ritmo, debido a la desaceleración del ciclo económico como por el complejo contexto de sequía que enfrenta Uruguay, la pauta del Gobierno para la décima ronda salarial se propone como objetivo central la recuperación completa del salario real existente al momento en que comenzó la pandemia, es decir julio/2020.
3. Lineamientos
Las pautas del Gobierno proponen establecer acuerdos por dos años, que abarquen el período comprendido entre julio 2023 a junio 2025, teniendo como objetivo la recuperación total del salario real perdido en pandemia o que no ha sido recuperado con la novena ronda salarial.
Abarca a un total de 195 Grupos de Actividad, ya que Mieres puntualizó que existe un conjunto de sectores (turismo, hotelería, gastronomía) -unos 20 Grupos de Actividad-, que no están incluidos en la décima ronda salarial. Estos Grupos fueron los más perjudicados por la pandemia, y tuvieron dos períodos puente, acumulando una pérdida mayor. Si bien el proceso de recuperación salarial también está pautado para estas 20 Mesas, el mismo será un proceso más lento en el tiempo.
Asimismo, se propone que la recuperación salarial para los 195 Grupos sea diferencial, según la magnitud de la pérdida pendiente. Es decir:
a) Con respecto a aquellas Mesas en la que la recuperación del salario real pendiente sea menor al 2%, se propone que esta se realice en tres cuotas semestrales iguales y consecutivas, comenzando en julio de 2023.
b) Con respecto a aquellas Mesas en la que la recuperación del salario real pendiente sea mayor al 2% se propone que esta se realice en 3 cuotas semestrales iguales y consecutivas comenzando en enero de 2024.
Según expresó el Ministro Pablo Mieres, de esta forma los trabajadores van a completar su recuperación, algunos a julio de 2024 y otros a enero de 2025.
En otro orden las pautas del Gobierno prevén correctivos anuales por inflación, es decir, por la diferencia entre la inflación observada y la esperada para el período.
Ante esto, los lineamientos planteados serían los siguientes:
Para sectores con pérdida menor del salario real al 2%:
Ajustes:
- Julio 2023: inflación proyectada semestral + 1/3 recuperación faltante
- Enero 2024: inflación proyectada semestral + 1/3 recuperación faltante
- Julio 2024: inflación proyectada semestral + 1/3 recuperación faltante
- Enero 2025: inflación proyectada semestral
Correctivos por inflación: diferencia entre la inflación efectiva y la proyectada del período.
- Julio 2024: primer correctivo anual por inflación
- Julio 2025: segundo correctivo anual por inflación
Para sectores con pérdida mayor del salario real al 2%:
Ajustes:
- Julio 2023: inflación proyectada semestral
- Enero 2024: inflación proyectada semestral + 1/3 recuperación faltante
- Julio 2024: inflación proyectada semestral + 1/3 recuperación faltante
- Enero 2025: inflación proyectada semestral + 1/3 recuperación faltante
Correctivos por inflación: diferencia entre la inflación efectiva y la proyectada del período.
- Julio 2024: primer correctivo anual por inflación
- Julio 2025: segundo correctivo anual por inflación
4. Otras consideraciones de los lineamientos
Las pautas exhortan a que cada Mesa desarrolle la negociación en un plazo máximo de 60 días y a que analice si se clasifica como un sector transable o no transable, de acuerdo con el peso de sus exportaciones e importaciones de un determinado sector, respecto al valor agregado de su producción, esto en virtud de que los lineamientos salariales no pueden ser ajenos al contexto global que, muchas veces, condiciona los precios de venta de los sectores transables, ya sea al alza o a la baja..
Quedamos a disposición para cualquier consulta o aclaración.
Montevideo, julio de 2023