PUESTA A PUNTO DE LA NORMATIVA APROBADA EN EL CONTEXTO DEL COVID-19

Actualizando el informe anteriormente remitido a efectos de comunicarles que por Resolución 208/021 el M.T.S.S. extendió el régimen del subsidio por desempleo parcial hasta el 31 de marzo de 2022.

Dicha extensión contempla a aquellas empresas pertenecientes a los sectores más afectados por la Pandemia y que integran taxativamente los siguientes grupos de actividad de los Consejos de Salarios: Grupo 1: procesamiento y conservación de alimentos, bebidas y tabaco;

Grupo 10: comercio en general.

Grupo 12: hoteles, restaurantes y bares.

Grupo 13: transporte y almacenamiento.

Grupo 16: servicios de enseñanza.

Grupo 18: servicios culturales, de esparcimiento y comunicaciones.

Grupo 19: servicios profesionales, técnicos, especializados y aquellos no incluidos en otros grupos.

Grupo 20: entidades gremiales, sociales y deportivas.

Asimismo, la Resolución modifica el proceso de solicitud del subsidio y en consecuencia dispone que las empresas comprendidas en los grupos de actividad previamente referenciados, deberán realizar la solicitud ante B.P.S. un mes antes de realizarse la suspensión parcial por la reducción de días u horas. Otorgada la autorización por la Entidad Previsional, el empleador deberá comunicar en el mismo mes, el uso efectivo del subsidio parcial.

Por otra parte, para las empresas no comprendidas en los Grupos de Actividad de los Consejos de Salarios mencionados líneas arriba, en caso de querer beneficiarse del seguro parcial, deberán presentar la solicitud ante el M.T.S.S. en el mes anterior a cuando quieren aplicar la suspensión parcial. En este contexto, será facultad del M.T.S.S. otorgar o denegar dicha solicitud y al tratarse de autorizaciones excepcionales, los empleadores deberán justificar ante el M.T.S.S. que se encuentran especialmente afectados como consecuencia de la emergencia sanitaria.

Las solicitudes serán analizadas, autorizándose aquellas en que se considere que existen razones fundadas.

Estas peticiones se deberán presentar a través del trámite en línea creado específicamente para la Solicitud de Prórroga de Subsidio por Desempleo Parcial.

Quedamos a disposición por cualquier aclaración o ampliación.

Montevideo, 6 de setiembre de 2021